MUESTRA DE ALGUNAS DE LAS PREGUNTAS QUE FUERON REALIZADAS A DEPARTAMENTO DE MULTAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID (C/ ALBARRACÍN, Nº 33) SOBRE EL ASUNTO DE REFERENCIA:
Estas preguntas y respuestas han sido realizada de forma oral (no por escrito, al contrario del resto de la información de este blog) y por tanto no hay constancia por escrito de lo relatado a continuación; han sido realizadas al Dto. de multas del Aytto. de Madrid situado en la C/ Albarracín num. 33, donde se recoge un ticket con número de turno en Información y tras llegar el turno se accede a hablar con un funcionario. Aunque las respuestas no fueron las deseadas por parte del recurrente, en todas las ocasiones el trato por parte de los funcionarios siempre fue totalmente correcto, educado y bueno.
PREGUNTA: Ya que me confirma que existe una cámara de grabación en el semáforo ¿Por favor, podría visualizar el vídeo. o bien, alguna secuencia de fotografías donde se vea la trayectoria real del vehículo, su giro a la derecha, así como el semáforo de la derecha?
RESPUESTA DEL FUNCIONARIO: No, solo existe está fotografía, porque el vídeo ha sido borrado, ya que ha pasado más de un mes y por la Ley de protección de datos se tiene que borrar al transcurso de un mes.
PREGUNTA: Pero, si he venido en cuanto he recibido la notificación, y me ha llegado casi mes y medio después del hecho, con lo que no he podido venir antes de un mes para poderlo ver. Entonces endiento que tenían más datos y pruebas recopiladas por ustedes, pero que sin embargo las han borrado (destruido) y ahora ya no existen.
RESPUESTA: Pero esto no es culpa nuestra, es culpa de las Leyes y de los jueces
PREGUNTA: En consulta realizada a Dirección de General de Tráfico, se indica que ante un giro a la derecha al semáforo que hay que obedecer es al de la derecha y no es al de la izquierda, que es que viene en la fotografía.
RESPUESTA DEL FUNCIONARIO: Las respuestas de la D. G. T, no so vinculantes para nosotros, y las respuestas que dé son por la interpretación que hagan ellos de las normas y sirven para las multas que imponga ellos, pero esta sanción la ha puesto el Ayuntamiento de Madrid y es él quien realiza la interpretación propia de las normas y quien decide en sus multas.
PREGUNTA: Entonces, dependiendo de la ciudad por la que circules tienes que ver como interpretan las normas, que puede ser diferente, por ejemplo, en Madrid, o en Barcelona, o en Teruel.
RESPUESTA DEL FUNCIONARIO: Hay que respetar las normas y cada ayuntamiento puede imponer sanciones si no se hace correctamente.
PREGUNTA SOBRE AMBULANCIAS: Aprovechando, una de las visitas, se aprovechó para preguntar sobre un tema que por Internet se ve que interesa a bastantes personas, sobre el tema de si se rebasara un semáforo en rojo con radar, para dejar pasar a una ambulancia (de emergencia).
RESPUESTA DEL FUNCIONARIO: La respuesta dada fue que si cualquier coche sobrepasa la línea de
detención de un semáforo en rojo por dejar pasar a una ambulancia que estuviera situada
detrás de su coche, la foto y multa se hacía igual, que daba exactamente igual
que recurriese o no, que en ningún caso se le admitía el recurso para quitarle
la multaba por mucho que en la foto hubiera una o 20 ambulancias con las
sirenas que fueran, que tuviera claro que el dejar pasar a una ambulancia
rebasando un semáforo (cosa que suele hacer todo el mundo) es una cuestión de cortesía
y que en el código de circulación en ningún sitio dice que
alguien pueda pasar un semáforo en rojo para dejar pasar a una ambulancia, que eso solo
lo pueden hacer las propias ambulancias, que tuviera claro que es una cuestión
de cortesía y que esa acción pudiéramos decir de cortesía conlleva los 200 € y los 4
puntos menos, con lo que aconsejaban de paso no hacerlo a no ser que estuviera
dispuesto a la multa y a los puntos.
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